1. Objetivo

Establecer los requisitos para el uso de la marca de conformidad de METACERT por parte de los titulares o organizaciones que cuente con el certificado de conformidad METACERT vigente.

2. Alcance

Aplica para el uso del logo y marca de conformidad METACERT por parte de los clientes con certificación vigente esquema 3 y 5.

3. Desarrollo

El cliente cuando obtiene una certificación con METACERT en esquema 3 o 5 podrá realizar uso de la marca de conformidad:

Solicitud

El uso de la marca de conformidad estará disponible para el esquema de certificación N° 3 o 5 y será de carácter voluntario o según lo requiera el esquema. Para hacer uso de la marca, el cliente debe seguir los siguientes pasos:

  • Realizar la solicitud a METACERT de uso a través del correo electrónico, METACERT responderán proporcionando el formato de la marca de conformidad en un formato de diseño.
  • El cliente debe enviar el reglamento firmado y el diseño de la marca a los lugares donde se colocarán los productos, la publicidad, etc. En este proceso, también deberá indicar el número del certificado de conformidad.
  • Se llevará a cabo una revisión para asegurarse de que el diseño cumpla con los requisitos en cuanto a diseño, color, tamaño y ubicación. Además, se verificará que la indicación del producto certificado no induzca a error. Una vez cumplidos estos requisitos, se procederá con la aprobación y se proporcionarán los detalles correspondientes.

Términos y Condiciones de Uso:

  • METACERT S.A.S, como propietaria y administradora de la marca de conformidad, tiene la autoridad para ampliar o limitar el alcance, suspender o cancelar la autorización de uso de la marca de conformidad, tiene la autoridad para ampliar o limitar el alcance, suspender o cancelar la autorización de uso de la marca según las condiciones específicas de cada caso.
  • La marca de conformidad es otorgada solo para los productos identificados en el certificado esquema N° 3 o 5.
  • La marca de conformidad se debe utilizar de acuerdo con la forma, tamaño, color, indicados en el presente documento.
  • El cliente no debe comercializar el mismo producto con y sin marca de conformidad, la marca debe aplicarse a todos los productos dentro del alcance certificado.
  • Si el cliente comercializa un producto similar al certificado, las diferencias de forma y fondo deben ser tales que no generen confusión a los usuarios y entidades de control, tal situación debe ser comunicada a METACERT S.A.S antes.
  • La marca de conformidad y certificación está emitida para un alcance específico que incluye productos y fabricantes específicos. Por lo tanto, el cliente no debe usar la marca de conformidad o hacer declaraciones sobre productos idénticos fabricados por diferentes empresas que no estén en el alcance.
  • La marca de conformidad debe ir en el producto en un lugar de fácil ubicación y acceso sin que su ubicación pueda ocasionar deterioro al producto
  • Toda información publicitaria donde se haga mención de la certificación marca de conformidad deberá estar aprobada por METACERT S.A.S.
  • El cliente debe hacer diferenciación en su publicidad de los productos que cuentan con la certificación y marca de conformidad de los que no la posean.
  • El cliente debe garantizar el acceso al personal de METACERT S.A.S y observadores a las instalaciones (talleres, bodegas, puntos de venta etc) para la realización de las actividades de evaluación ordinarias y extraordinarias.
  • El cliente debe disponer la información necesaria para evidenciar el cumplimiento de los requisitos de certificación y de producto.
  • El uso de certificados y sellos en el producto, el embalaje, la publicidad, etc., deberá ser adecuado y no resultar confuso para el público en general.
  • El Uso Indebido de sello, marca o certificado, dará lugar a la aplicación a las actuaciones previstas en el reglamento de certificación.
  • En caso de suspensión o cancelación de la certificación, interrumpir el uso de todo el material publicitario que contenga cualquier referencia a ella y devolver todo documento de certificación requerido por el organismo de certificación.
  • El suministro de copias del documento de certificación a otros, se deben reproducir en su totalidad o según los especifique el esquema de certificación.
  • El uso de la marca de conformidad no exime al cliente de su responsabilidad de responder por cualquier anomalía causada por la entrega de productos que no cumple con los requisitos establecidos en el documento normativo.
  • La marca de conformidad debe cumplir lo dispuesto en la ley 1480 de 2011 articulo 73 Parágrafo. “En todo producto, publicidad o información en los que se avise que un producto o proceso ha sido certificado o evaluado, se deberá indicar, en los términos de la presente ley, el alcance de la evaluación, el organismo de evaluación de la conformidad y la entidad que acreditó al organismo de evaluación.”
    Nota: al indicar el organismo de acreditación se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el RAC-3.0-03.
  • En los casos que el cliente no quiera usar la marca de conformidad, pero desee identificar sus productos certificados lo podrá realizar con la frase: “CERTIFICADO DE PRODUCTO N° 24-M-XXXX-METACERT Resolución XXXXX EMITIDO POR: EN METACERT S.A.S ACREDITADO ONAC 23-CPR-014 NORMA ISO/IEC 17065:2012”
  • El cliente no poda hacer uso del logo del ente acreditador ONAC en sus productos publicaciones, publicidad, documentos de tipo comercial o transaccional, esto será revisado por METACERT en la autorización de uso de marca y vigilancias periódicas o extraordinarias.

METACERT S.A.S realizara la verificación de la correcta utilización de la marca de conformidad en las vigilancias periódicas y extraordinarias la verificación será realizada en productos en el mercado y en las bodegas del cliente – se verificarán los siguientes ítem:

  1. La marca de conformidad se encuentra en los productos dentro del alcance certificados
  2. Verificar la forma, tamaño, contenido textos diseños acorde con lo aprobados
  3. Verificar la existencia en material publicitario acorde a lo aprobado

Si dentro de las vigilancias ordinarias o extraordinarias se presentan incumplimientos con respecto a las obligaciones contenidas sobre el uso de certificado o marca de conformidad el cliente deberá emprender acciones inmediatas para corregir en un tiempo no mayor de 30 días, en caso no manifestar interés de subsanar se procederá con la suspensión o cancelación.

  • Nombre del cliente:
  • Certificado de conformidad:
  • Representante legal:

Al firmar el presente reglamento, aceptamos todos los términos y condiciones descritos en este documento y sus anexos, incluyendo el esquema de certificación, los requisitos del reglamento y cualquier otra condición establecida en los procedimientos asociados disponibles en la página web de METACERT.

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